En la Constitución de la República de Cuba se establece el Régimen Político y la división del Poder Público.
Cuba es un Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano. Es una república unitaria y democrática.
En la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y en la supresión de la explotación del hombre por el hombre.
Se garantiza la propiedad personal sobre los ingresos y ahorros procedentes del trabajo propio, sobre la vivienda que se posea con justo título de dominio, y los demás bienes y objetos que sirven para la satisfacción de las necesidades materiales y culturales de la persona.
División del Poder Político.
La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado. Representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo.
La Asamblea Nacional del Poder Popular elige de entre sus diputados al Consejo de Estado, y entre las atribuciones del Presidente del Consejo de Estado y Jefe del Gobierno se encuentra la de proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular, una vez elegido por esta, los miembros del Consejo de Ministros.
El Consejo de Ministros es el máximo órgano ejecutivo y administrativo y constituye el Gobierno de la República.
Desde tiempo de paz se constituye y prepara el Consejo de Defensa Nacional, el cual dirigirá al país en las condiciones de estado de guerra, durante la guerra, la movilización general o el estado de emergencia. La ley regula su organización y funciones.
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